Sunday, February 17, 2013

Medios de pagos internacionales

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En un orden creciente de seguridad podemos citar las siguientes formas de pago:

Pagos directos
Son el medio de pago más simple y menos oneroso debido a la actuación restringida de los bancos en la operación. Puede efectuarse mediante cheques (propios o de terceros); cheques de viajero (travellers checks); transferencias o giros bancarios; y tarjetas de crédito internacionales. Generalmente es empleado por quienes poseen una relación comercial regular, sustentada en un alto grado de confianza. A excepción del giro, suele utilizarse para pagos de menor cuantía.

Órdenes de pago simples
Son gestionadas por el importador en favor del exportador, utilizando la mediación de un banco, que es quien la emite. El pago se ordena contra simple recibo otorgado, sin requerirse la presentación de documentos comerciales para hacer efectivo el cobro.Debido a que, por definición, son revocables, su utilización se limita a personas con gran vinculación económica y comercial.

Órdenes de pago documentarias
El pago se efectúa únicamente, contra la presentación por parte del exportador de los documentos comerciales indicados en la orden de pago.

Cobranzas simples (Clean Collection)
A diferencia de lo que ocurre en el caso de las órdenes de pago, donde la operación se origina en el importador, la gestión de cobro es iniciada por  el  exportador,  requiriéndose la intervención de un banco (corresponsal) en la plaza del importador. En la cobranza simple el pago se efectúa contra presentación de documentos financieros únicamente (cheque o letra de cambio aceptada por el importador).

Cobranzas documentarias
Son aquellas en que el pago se efectúa contra presentación de un documento financiero acompañado, además, por documentos comerciales (factura comercial, conocimiento de embarque, comprobantes o certificados de pago de flete y seguro) que el exportador entrega al importador, contra el pago o la aceptación, en su caso, del documento financiero.

Créditos documentarios (Las cartas de crédito son una modalidad de crédito documentario)

La distancia existente entre el exportador y el importador, vuelve imposible la realización de una transacción al contado mediante la ejecución instantánea del contrato. Debido a lo anterior, el exportador se ve obligado a cobrar sus mercancías por adelantado, o correr el riesgo de cobrar luego de haberlas embarcado. Los créditos documentarios posibilitan dirimir el riesgo, tanto para el exportador como para el importador, utilizando la mediación de los bancos

El importador (ordenante del crédito) solicita a su banco (banco emisor) que emita una carta de crédito a la orden del exportador (beneficiario) por el importe de la factura.

Pasos a seguir

  1. El banco emisor, a su vez, solicita a un banco en el país del exportador (banco avisador o banco confirmador, según el caso) que notifique al exportador la apertura de ese crédito a su orden.
  2. El exportador embarca la mercadería y presenta ante el banco avisador o confirmador los documentos exigidos por el crédito. La entrega del Conocimiento de Embarque asegura al banco que el exportador ya embarcó la mercancía.
  3. Si todo está aparentemente en orden, el banco avisador o confirmante entrega el dinero al exportador y retiene los documentos presentados por éste enviándolos al Banco emisor y rescatando de éste la suma desembolsada.
  4. El Banco emisor entrega los documentos al importador para que pueda retirar la mercancía contra el pago del importe del crédito, más una suma determinada por concepto de servicios prestados.
  5. De una gran cantidad de modalidades que el crédito puede asumir, la modalidad "irrevocable y confirmada" es la que aporta la mayor dosis de seguridad

El Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos de la Aladi.

En el ámbito de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) funciona el Convenio de Pagos y Créditos Recíprocos consistente en un sistema concebido por los bancos centrales para facilitar, sostener y expandir el comercio recíproco y las relaciones financieras de sus respectivos países.

http://maracaibocomercioexterior.blogspot.com/2013/02/convenio-de-pagos-y-creditos-reciprocos.html

Sistema Único de Compensación Regional (SUCRE).

Es el nombre de la Unidad de Cuenta Común que, en noviembre de 2008, acordaron adoptar los presidentes y representantes gubernamentales de los países miembros de la Alianza Bolivariana para las Américas (Alba), más Ecuador, que en ese momento o
era Estado miembro de la alianza. Inicialmente es una unidad de cuenta y de valor, no una moneda con organismo emisor de piezas y billetes de curso legal. Esta unidad de cuenta busca reemplazar al dólar estadounidense en el comercio interregional que exista entre los ocho países adheridos a ella (Venezuela, Cuba, Antigua y Barbuda,
Bolivia, Dominica, Nicaragua, San Vicente y Las Granadinas y Ecuador).

Esta moneda que en un inicio tiene un carácter virtual es utilizada en las diferentes
transacciones comerciales de los países miembros a través del Banco del Alba, los estados participantes colocan sumas de capital en dicho banco, creando un fondo de compensación y otros mecanismos regulatorios, para limar las asimetrías financieras.

La unión Alba-SUCRE es similar a la del Euro en la Unión Europea. (Gaceta Oficial
39.498 del 30 de agosto 2010).

 

imageDirección: Consejo Monetario Regional del SUCRE. Avenida
Francisco Solano, esquina calle San Jerónimo, edificio Los Llanos,
mezzanina. Caracas - Venezuela.
Teléfonos: +58 (212) 905.93.67
www.sucrealba.org

En caso de presentarse dudas o inconvenientes consultar el Manual de Uso de la Aplicación “Instructivo dirigido a las Instituciones Financieras para el uso de la aplicación Sistema de Participación en el Sucre (SIP-SUCRE)”, publicado en el portal del Banco Central de Venezuela (BCV), o contactar al Centro Integral de Atención de llamadas del BCV, a través del número telefónico +58 (212) 801.55.52, en el horario comprendido de 8:00 am a 4:00 pm